COMPARTE CON TUS AMIGOS!
DESCALIFICACIÓN DE VIVIENDA V.P.P. y V.P.O
La descalificación de una Vivienda de VPP Y VPO en Madrid es el proceso que se realiza para convertir en libre un inmueble protegido.
Lo primero que tenemos que saber es que no todas las VPO se pueden descalificar. Dependerá del Decreto Ley al que estén acogidas.
Somos un equipo especializado en esta tipología de viviendas y podemos resolver todas tus dudas sin coste alguno.
Llevar a cabo las descalificaciones de una Vivienda Protegida tiene una serie de beneficios, descúbrelos!
QUIERO SABER MÁS SOBRE CÓMO DESCALIFICAR MI VIVIENDA
Infórmate sobre cómo descalificar una vivienda protegida.
Obtendrás una GESTIÓN INTEGRAL PARA LA VENTA O EL ALQUILER con las máximas garantías.

Más rápido
Sin stress
GESTIÓN GRATUITA
Asesoramiento jurídico
Transparencia y seguridad
Nos encargamos de todo el proceso de descalificación, de la venta o el alquiler.
Gestion GRATUITA
DESCALIFICAR Y VENDER UNA VIVIENDA VPO / VPP
Llevar a cabo las descalificaciones de una Vivienda Protegida tiene una serie de beneficios como, por ejemplo: Al descalificar una vivienda ésta queda libre de cargas y por lo tanto se puede vender o alquiler a un precio real de mercado.
El VALOR de tu VIVIENDA AUMENTA.
Junto al servicio jurídico garantizamos la descalificación y la venta de tu propiedad con todas las garantías.
La tramitación de la descalificación es gratuita siempre y cuando nos encargamos de la venta de tu propiedad.
- Fotocopia del DNI / NIF del solicitante.
- Fotocopia de la escritura de propiedad de la vivienda.
- Fotocopia de la escritura de la cancelación del préstamo cualificado, en su caso.
Primero solicitaremos el expediente de la vivienda para estar seguros de sí se puede descalificar, conocer a qué Real Decreto está acogida y cuál es la mejor manera de venderla.
El proceso de descalificación de una Vivienda de Protección Oficial se realiza cuando queremos quitar la protección de una vivienda y dejarla libre. Antes de descalificar una VPO debemos conocer toda la normativa relacionada con dicha vivienda. Es importante saber que no todas las Viviendas Protegidas permiten la descalificación voluntaria.
Además, todas las Viviendas de Protección Oficial, tienen un periodo inicial de protección de 10 años, durante los cuales no se puede realizar ningún tipo de operación (venta, alquiler o descalificación) salvo causas justificadas y con el visto bueno de la Administración.
Como hemos mencionado anteriormente, lo primero que tener que saber es si nuestra vivienda permite la descalificación voluntaria. Para ello deberemos saber el tipo de calificación definitiva que tiene y a qué Real Decreto está acogida. Estos datos podemos obtenerlos con el número de expediente que encontraremos en las escrituras de la vivienda. Esta información también puede aparecer reflejada en la nota simple, junto al número de expediente y la fecha de calificación definitiva.
Una vez que hayamos recopilado toda esta información, deberemos acudir a la Administración competente en materia de vivienda para que nos confirmen si podemos o no descalificar nuestra VPO. Si la Administración nos da el visto bueno deberemos presentar una solicitud de descalificación junto con la documentación correspondiente a la vivienda.
El último paso para descalificar nuestra VPO será devolver todas las ayudas recibidas. Para ello, acudiremos a todas los organismos que hayan participado en la construcción o comercialización de las viviendas. Algunos de estos organismos son: el Ayuntamiento de Madrid, Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, Consejería de Hacienda, y el IVIMA entre otros. Cada uno de estos organismos nos indicarán si tenemos que devolver ayudas, el plazo establecido y cómo proceder. Además, existen un plazo para presentar alegaciones si no estamos de acuerdo con la cantidad indicada.
Una vez devueltas las ayudas cada organismo nos entregará un certificado y la vivienda quedará libre para venderla a un precio real de mercado.
El proceso de descalificación implica mucho trabajo, trámites en distintos organismos, además de la propia gestión de la venta:
Iniciar los trámites para descalificar una VPO requiere una inversión no solo de dinero, sino también de tiempo, ya que debemos acudir a varios organismos y en cada uno de ellos realizar un trámite distinto. Por eso recomendamos contar siempre con la ayuda de profesionales que puedan resolver cualquier tipo de inconveniente que pueda surgir durante la operación.
La tramitación de descalificación de una vivienda en este momento lleva unos plazos de entre 6 y 8 meses (entre los distintos organismos: Consejería de vivienda, oficina liquidadora de la Consejería de Hacienda, Entidad financiera concedió el primer préstamo, Registro de la propiedad, Ministerio de Fomento y Ayuntamiento correspondiente).
Si además quieres venderla, como particular le puedes sumar a los meses anteriores otros 4 o 6 meses de venta, es decir un mínimo de 10 -12 meses.
Cómo inmobiliaria, estos tiempos se acortan de una manera considerable, llegando a un máximo de 8 meses para descalificar y a la vez vender.
Estamos especializados en el sector inmobiliario y de la Vivienda Protegida en Madrid, contamos con asesoramiento jurídico y gracias a nuestra experiencia agilizamos los trámites para el proceso de descalificación de las viviendas, haciendo que sea mucho más rápido y cómodo para los propietarios.
- Valoración al precio de mercado actual
- Plan de marketing para encontrar al futuro comprador en adquirir la casa de acuerdo con las condiciones previamente acordadas.
- Promoción y publicidad de la propiedad.
- Visitas filtradas y seleccionadas.
- Propuesta de compra o reserva todo por escrito y en firme.
- Formalización del contrato de arras.
- Firma de la operación ante notario e inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Tramitación de la plusvalía municipal.
- Cambio de suministros.
Muchos propietarios de viviendas de VPO / VPP realizan la misma pregunta antes de comenzar el proceso de descalificación. Lamentablemente no existe una cifra exacta, ya que este proceso puede ir desde los 0€ hasta los 30.000€, todo depende de las ayudas recibidas.
Devolución de ayudas
Para obtener la descalificación, una vez admitida la solicitud de descalificación por la Comunidad Autónoma correspondiente, y motivada la aceptación de la descalificación, por la Comunidad Autónoma, se deberán devolver las ayudas públicas recibidas de:
- la Administración General del Estado (*)
- la Comunidad Autónoma
- el Ayuntamiento
Más los intereses legales correspondientes (calculados desde el momento de la percepción de las ayudas).
(*) Para resolver sobre la devolución de las ayudas estatales, el Ministerio de Fomento solicitará a la Comunidad Autónoma informe justificativo de la descalificación.
Más dudas....
Llevar a cabo las descalificaciones de una Vivienda Protegida tiene una serie de beneficios como, por ejemplo:
- Al descalificar una vivienda ésta queda libre de cargas y por lo tanto se puede vender o alquiler a un precio real de mercado.
- El valor de la vivienda pueda aumentar y con ello el importe de la hipoteca. Por lo tanto podremos solicitar una novación del préstamo y aumentar la cantidad de éste.
1: Averiguar si se permite la descalificación voluntaria de tu VPO
2: Solicitar la descalificación
3: Consultar con todos los organismos que han intervenido en la venta de la vivienda
4: Devolver las ayudas si corresponde
5: Consultar con la entidad bancaria que concedió el préstamo
6: Acudir al Ministerio de Transportes -anterior Ministerio de Fomento- con la documentación de la propiedad
7: Solicitar el certificado de descalificación en la Oficina de Atención Integral al Contribuyente
Sin ningún problema, aunque para poder comenzar con los trámites de la descalificación es necesario informar por escrito al inquilino y que éste firme el documento para dejar constancia de la comunicación. Además, junto a la solicitud de descalificación deberemos presentar la siguiente documentación:
1. Documento de conformidad de la parte arrendataria, en la que se manifieste que ha sido informado por parte de la propiedad que se inicia el procedimiento de descalificación voluntaria y que presta su conformidad, detallando los datos personales de todos los inquilinos en el escrito. No existe un modelo específico para estos supuestos, debiendo ser redactado por los interesados.
2. Copia del contrato de arrendamiento formalizado.
3. Copia del documento de identidad de los arrendatarios.
Si una pareja es propietaria de una Vivienda de Protección Oficial y decide divorciarse, deberá ponerse de acuerdo para comenzar el proceso de descalificación. Ya que la descalificación voluntaria no se permite de manera individual. Siempre ha de ir firmada por ambos propietarios, con independencia de su separación legal, puesto que dicho trámite debe realizarse de mutuo acuerdo.
Actualmente, la gran mayoría de Viviendas Protegidas de reciente construcción están formadas por una vivienda, plaza de garaje y trastero, esto se conoce como una misma finca registral. En el caso de que en esta vivienda exista una segunda plaza de garaje no vinculada, se considerará una finca registral independiente, por lo tanto, si queremos descalificar ambas fincas deberemos realizar dos procesos distintos.
Por otra parte, en algunos casos, llevar a cabo la descalificación de esta segunda plaza de garaje no vinculada puede que no sea rentable. Esto se debe, a que el precio máximo legal de venta establecido es superior al valor real de mercado, con lo cual, no se aconseja su descalificación por el coste y la dedicación que implica.
En cambio, a la hora de solicitar una Autorización o Informe de venta, si se pueden agrupar en el mismo trámite ambas fincas.
Las viviendas VPO y VPP son aquellas con un precio más asequible que los inmuebles del mercado libre, pero con una serie de características, limitaciones y requisitos que varían de una a otra.
VPP: qué son
La Vivienda de Promoción Pública (VPP) es aquella en la que la compra del suelo, la financiación y la construcción son gestionadas por un ente público. Su principal característica es su reducido precio y su entrega se realiza, normalmente, mediante un sorteo o un concurso público.
- El estado se encarga de dar el suelo a la constructora, quien –junto con la inmobiliaria- adjudica los pisos mediante sorteo o concurso público.
- El área construida no debe superar los 110 metros cuadrados
- La calidad de construcción es mayor que en una VPO.
- El precio por metro cuadrado es mayor que en una VPO.
- Debe ser el domicilio o residencia habitual y permanente de sus ocupantes.
- No se puede vender (a precio de vivienda libre) mientras esté vigente su régimen legal de protección. Su precio siempre estará limitado por el precio máximo legal de venta.
- Para acceder a ella, los ingresos familiares no pueden exceder de 5,5 veces el IPREM y hay que estar empadronado en el Ayuntamiento donde se construye la vivienda. Además, el comprador no puede ser titular de pleno dominio o de un derecho real o de uso y disfrute de otra vivienda que esté sujeta a algún régimen de protección pública dentro del territorio nacional, y tampoco de una vivienda libre cuyo valor supere el 40 por ciento del precio real de la VPP que solicita.
VPO: vivienda de protección oficial
La Vivienda de Protección Oficial (VPO) es aquella que cumple con una serie de condiciones (dimensiones y precios) marcadas por la comunidad autónoma en la que se encuentre, por lo que no existe un régimen uniforme en todo el territorio nacional. Aun así, en líneas generales este tipo de vivienda:
- La otorga el Estado a los solicitantes de la vivienda según los puntos que acumulen.
- Su superficie no puede superar los 90 metros
- La calidad de construcción es menor que en una VPP.
- El precio por metro cuadrado es menor que en una VPP.
- Sólo se puede destinar como vivienda habitual del comprador.
- No se puede vender durante un plazo determinado (diez, veinte o más años), para venderla antes de que haya transcurrido ese tiempo hay que solicitar una autorización a la conserjería competente de la comunidad autónoma, y su precio vendrá limitado por el precio máximo legal de venta.
- Para acceder a ella, los ingresos máximos de la unidad familiar deben ser inferiores a 5,5 veces el SMI (actualmente se utiliza como indicador el IPREM) para las VPO de régimen general, o ingresos no superiores a 2,5 veces el IPREM para las VPO de régimen especial.
Dentro de las Viviendas de Protección Oficial podemos diferenciar 2 tipos de régimen distintos, en función de las condiciones económicas de los compradores:
- Régimen General. Estas viviendas ha de estar destinadas a compradores con unos ingresos inferiores a 34.049,4€ anuales, equivalente a 5,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional. Dentro de este régimen podemos encontrar Viviendas de Protección Pública (VPP), Viviendas de Protección Pública de Precio Básico (VPPB) y Viviendas de Protección Pública de Precio Limitado (VPPL).
- Régimen Especial. Las viviendas con estas características están destinadas a personas cuyos ingresos sean inferiores a 15.477€ anuales, equivalente a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
* Debemos mencionar, que estas condiciones solo se dan en las primeras adquisiciones, en segundas transmisiones no es necesario cumplir los requisitos estipulados por la Administración. Siemprwe que se destine a residencia habitual y permanente y no tengamos el pleno dominio de otra VPO.
La vigencia de la protección depende principalmente de la tipología que tenga la vivienda, el tipo de préstamo solicitado y el Real Decreto al que esté acogida.
Para conocer dicha duración, debemos consultar su Cédula de Calificación Definitiva, donde están señalados todos los datos técnicos de la vivienda.
La duración del régimen legal puede ir desde los 10 hasta los 30 años y en algunos casos hasta los 50. Por otro lado, en función de la tipología de la vivienda o el Real Decreto al que se acoja, se permite la descalificación voluntaria de la vivienda, es decir, convertirla en libre antes de que termine su régimen legal de protección -devolviendo todas las ayudas recibidas-.
»A no ser que se trate de viviendas especiales como las militares, que pese a estar protegidas se pueden vender al precio que acuerden las partes.
CALIDAD
No hay mayor prueba de un trabajo bien realizado que la de un cliente satisfecho.
¿Cómo descalificar una vivienda protegida en la Comunidad de Madrid?
La descalificación voluntaria de una vivienda sujeta a protección es aquel procedimiento cuyo objeto consiste en que dicha vivienda pierda su condición de protegida antes de finalizar el plazo previsto inicialmente, siendo por tanto una vivienda libre a partir de ese momento.
Para ello es imprescindible, una vez iniciado el procedimiento, la devolución de las ayudas percibidas por la compra de la vivienda, así como el interés legal del dinero de las mismas cantidades desde la fecha en que fueron recibidas hasta la fecha de la solicitud de descalificación.
Causas de descalificación:
-
De forma automática, por el mero transcurso del tiempo establecido para la extinción del régimen de protección según se detalla en la Sección ” ¿A qué tipo corresponde tu vivienda?“. En este caso no hay que efectuar ningún trámite administrativo puesto que la vivienda queda automáticamente descalificada. El plazo de duración depende de dos factores, la tipología de vivienda de que se trate y de las ayudas concedidas.
-
De forma voluntaria, a solicitud del interesado propietario de la vivienda. A continuación te explicamos todo el procedimiento.
-
Por sanción.
¿Plazos para descalificar una vivienda protegida VPO-VPP en la Comunidad de Madrid?
Para una vivienda VPO/VPP es necesario que hayan transcurrido un mínimo de 15 años desde la fecha calificación definitiva o cuando se produjo la primera venta del inmueble, es decir, la entrega de llaves del promotor o cooperativa al primer propietario.
¿Por qué contratar un profesional para la descalificación de una vivienda protegida?
El proceso de descalificación es laborioso para la persona que no está habituada a tratar con la administración. Los tiempos de espera y presentación podemos hacerlos más cortos porque conocemos perfectamente el procedimiento.
Además contarán con la garantía y asesoramiento de una persona que entiende las diferentes casuísticas puede tener cada proceso y una estimación del coste de la misma muy precisa.
¿Cuanto cuesta y que tiempo lleva descalificar una vivienda protegida VPO-VPP en la Comunidad de Madrid?
La Comunidad de Madrid exige reintegrar las bonificaciones y exenciones fiscales que haya tenido el primer propietario al comprar el inmueble. Para ello hay que remitirse a la Consejería de vivienda, oficina liquidadora de la Consejería de Hacienda, Entidad financiera que concedió el primer préstamo, Registro de la propiedad, Ministerio de Fomento y Ayuntamiento correspondiente.
Y una vez se obtiene la resolución de la descalificación hay que remitir al registro de la propiedad para su inscripción.
El procedimiento de descalificación y venta nos implica aproximadamente unos 4/6 meses. Un particular suele tardar solo en la descalificación entre 6/8 meses y luego realizar la venta.
Una vez descalificada la vivienda protegida, ¿puedo alquilar o vender a precio libre de mercado?
Éste tipo de viviendas al perder su calificación de vivienda protegida pasar a ser, a todos los efectos, viviendas libres.
COMPARTE CON TUS AMIGOS!
Descubre nuestro blog inmobiliario

VIVIR EN OLMEDA DE LAS FUENTES, MADRID

¿Qué factores influyen en la tasación de la vivienda que quieres vender?

NOOW Real Estate la primera red inmobiliaria que adopta la tecnología ChatGPT

Desequilibrio entre oferta y demanda cada vez más mayor: un 78% quiere comprar frente al 16% que vende

¿Cuándo no hay que pagar de plusvalía municipal por la venta de una vivienda en Madrid?

Nueva Ley de Vivienda – ¿Cuáles serán las consecuencias de descalificar la VPO de forma tardía?
COMPARTE CON TUS AMIGOS!