La Nueva Ley de Vivienda -igual que planteó en su momento la Comunidad de Madrid- reformará el Reglamento de la Vivienda de Protección Pública.
A partir de ahora, todas las VPO promovidas en suelo público o reservado, tendrán una protección permanente y no se podrán descalificar. Mientras que en las de promoción privada se extiende como mínimo el periodo de protección a 30 años (con posibilidad de ampliación por la Comunidad Autónoma correspondiente).
Aunque, en principio, desde el Ministerio de Transportes, Movilidad, Agenda Urbana aseguran que esta medida no será retroactiva. Es cierto que existe una cláusula que determina que esta condición podría aplicarse a cualquier Vivienda de Protección, sin importar su fecha de calificación definitiva. Por tanto, nuestra recomendación es proceder a la descalificación voluntaria, mientras sea posible.
José María García, Director de la Vivienda, explicaba que este endurecimiento del periodo de protección tenía como objetivo evitar que se acabe especulando o ganando patrimonialmente con esa intervención de la administración.
La polémica normativa aprobada por el Gobierno en materia de vivienda busca, entre otros aspectos, favorecer el acceso a un inmueble a precios asequibles, proteger de las situaciones de vulnerabilidad y combatir la especulación inmobiliaria. Dentro de este último objetivo se encuentra la Vivienda de Protección Pública (VPO), cuyo plazo de descalificación se amplía hasta los 30 años para las nuevas unidades que se levanten a partir de ahora.
¿Qué consecuencias pueden tener en el mercado inmobiliario las medidas que recoge la Ley de Vivienda en materia de VPO?
La VPO queda blindada: Las viviendas construidas sobre suelo público no perderán nunca la protección y las levantadas sobre suelo no protegido no podrán descalificarse hasta pasados 30 años
La Ley de Vivienda recoge dos medidas que afectan directamente a la VPO. Según explica Pedro Soria, director comercial de Tinsa, la normativa establece, en primer lugar, que las nuevas viviendas en régimen de protección pública que se construyan sobre suelo protegido no perderán nunca el carácter de protección pública, lo que implica que en ningún caso “podrán ser vendidas como vivienda libre, a precio libre y a cualquier comprador”.
La ley determina también que aquellas viviendas que estén levantadas en suelos no protegidos tendrán carácter de VPO durante un periodo mínimo de 30 años desde su construcción, un plazo considerablemente superior al actual, que suele variar entre los 10 y los 15 años. Al respecto, este experto explica que, durante este nuevo periodo de tiempo la VPO estará sometida a un precio máximo de venta y que el comprador deberá ser una persona inscrita en el registro de demandantes. “Transcurridos 30 años, o un periodo mayor si así lo establece la normativa autonómica correspondiente, la vivienda perdería su carácter protegido y podría ser vendida libremente en el mercado”, agrega.
La ley no tiene carácter retroactivo, pero puede alentar a los propietarios a aligerar la descalificación VPO ya construida. Estas nuevas medidas en el mercado libre tendrían efectos, tanto en la compraventa como en el alquiler
Los contenidos relativos a la VPO en la Ley de Vivienda no tienen carácter retroactivo. Sin embargo, desde el texto contiene una cláusula que afirma que es posible aplicar la dilatación de la descalificación “a todas las viviendas protegidas, sin importar su fecha de calificación definitiva”.
Esta indefinición podría provocar, que un buen número de propietarios descalificaran su vivienda de VPO a un ritmo más elevado en lo sucesivo, lo que generaría movimientos en el mercado residencial, tanto de compraventa como de alquiler.
La obligación de construir más vivienda social tendrá su correlato en el precio de la vivienda libre, que de manera indirecta, aumentará
La liberalización de VPO trae consigo un aumento de los precios en el mercado de la vivienda libre. Este efecto, a juicio de los expertos, también se producirá por otra obligación que incorpora la Ley de Vivienda. La misma hace referencia al porcentaje que las nuevas promociones han de destinar a vivienda protegida. En concreto, el texto legislativo establece una reserva del 30% del suelo urbanizado en las nuevas promociones que deberá destinarse a la vivienda protegida, reservando un 50% de esa cantidad al alquiler social.
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